Misión
La
Comisión Nacional de Telecomunicaciones del Paraguay asume la responsabilidad
de adecuar su desempeño como regulador del sistema nacional de
telecomunicaciones a la trascendente MISIÓN de participar activamente en el
proceso de "construir comunidad" a partir de distribución
equilibrada, democrática e inteligente del acceso y las posibilidades que
brinda el espacio radioeléctrico. Se ocupará en tal sentido de velar porque
todo ciudadano, grupo social o comunidad disponga, en el marco de una justa y
equilibrada igualdad de oportunidades, de los beneficios de las
telecomunicaciones en la permanente búsqueda del bienestar.
Para
el desenvolvimiento de la mencionada MISIÓN la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones tendrá a su cargo la regulación administrativa y técnica
y la planificación, programación, control, fiscalización y verificación de
las telecomunicaciones conforme a la normativa aplicable y las políticas del
Gobierno para el sector.
Los
lineamientos que determinan el proceso permanente de "construir
comunidad" se orientan a la "construcción de la sociedad del
conocimiento" a través de la prestación de diferentes tipos de
servicios de telecomunicaciones tales como:
Servicio
básico, entendido como el servicio telefónico conmutado punto a punto
mediante el uso de cable o radio fija, utilizada como sustituto o extensión
de la red de cableado. A los fines de la instalación y operación de sistemas
de telecomunicaciones afectados a la prestación de servicios básicos se
destinará en forma preferencial el uso del suelo, sub-suelo y del espacio aéreo
del dominio público o privado, nacional, departamental o municipal, con carácter
temporario o permanente, y conforme lo determine la reglamentación. Este uso
estará exento de todo gravamen.
Servicios
de difusión, referidos a la emisión y la propagación de señales de
comunicación radioeléctrica considerados como de dominio público del
Estado. En tal sentido se asegurará, en igualdad de oportunidades, el libre
acceso al aprovechamiento del espectro radioeléctrico, sin más límites que
los impuestos por los convenios internacionales ratificados por la República
del Paraguay y las normas técnicas vigentes en la materia. La CONATEL
administrará el empleo de las señales de comunicación radioeléctrica.
Los
servicios de difusión se prestarán en régimen de libre competencia, siendo
requisito previo e indispensable para la prestación de servicios de difusión
obtener la aprobación por parte de la CONATEL de los correspondientes
proyectos o propuestas técnicas de las instalaciones y de los reglamentos técnicos
y de servicios.
La
regulación de los servicios de telecomunicaciones se establecerá a partir de
la coordinación de una definida política de telecomunicaciones, pergeñada y
administrada por la CONATEL, en el marco de la política del gobierno y en
atención a los requerimientos de un sistema de telecomunicaciones propio y
apropiado para el Paraguay, y en coordinación con el mundo global.